El matrimonio acudió a Debt No Pay tras años de dificultades económicas, desempleo y la pérdida de su vivienda familiar en una ejecución hipotecaria, arrastrando además una deuda pendiente cercana a los 20.000 euros y múltiples créditos personales que en conjunto superaban los 50.000 euros. Ambos estaban casados en régimen de bienes gananciales, de modo que toda esta carga financiera afectaba directamente al patrimonio común y a la estabilidad de la unidad familiar. Sus únicos ingresos provenían de la Renta Canaria de Ciudadanía, dirigida a familias en situación de vulnerabilidad, sin actividad profesional en marcha y con importantes cargas familiares, lo que los situaba en una clara situación de insolvencia actual y sin masa para responder frente a los acreedores.
Ante este escenario, desde Debt No Pay se tramitó su concurso sin masa ante el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria y, una vez cumplidos los plazos legales sin oposición de los acreedores, se formuló la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. Finalmente, el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, mediante resolución de 12 de noviembre de 2024, acordó la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y concedió al matrimonio el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
Gracias a este procedimiento, se ha exonerado prácticamente la totalidad de los 50.378,09 euros de deuda reconocida en el concurso, lo que ha supuesto liberar al matrimonio de una carga económica que hacía inviable cualquier proyecto de futuro y les permite empezar de nuevo. Este caso, resuelto por el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, muestra cómo la Ley de la Segunda Oportunidad puede convertirse en una herramienta real y efectiva para que las familias sobreendeudadas recuperen su estabilidad y su tranquilidad.
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